Vehículos Tunning – Alerones
El uso de accesorio no homologados en los vehículos o las prácticas de tunning, pueden motivar el rechazo de la cobertura del seguro automotor.
El tema del tunning dá para mucho en cuestiones de seguro. En esta ocación hablaremos de los alerones de cola. El alerón es un elemento diseñado para mejorar las prestaciones de un vehículo aumentando la adherencia para mantener las ruedas en contacto con el suelo para, por ejemplo, poder tomar las curvas a mayor velocidad.
Estos dispositivos se utilizan ampliamente en los autos de competición y requieren toda una serie de estudios para probar su eficacia y decidir el mejor ángulo de ataque, superficie, ubicación y otras series de factores. Sin embargo en los autos “tuneados”, normalmente es sólo un elemento decorativo y en el mejor de los casos no cumple ninguna función cuando no se convierte en un factor de inestabilidad con el aumento de la velocidad, o puede incrementar el consumo de combustible u otras consecuencias negativas. Sin embargo, gustos son gustos y cada uno puede decorar su automóvil como mejor le parezca.
Pero las compañías de seguro no opinan lo mismo que el propietario de un vehículo tuneado. Para las aseguradoras los únicos alerones permitidos y no considerados como tunning, son los que forman parte de los accesorios originales de un vehículo y como tales se encuentran homologados. Estos son los accesorios que pueden adquirirse en las consesionarias oficiales de cada terminal automotriz. Para el resto de los alerones decorativos o tunning, no existe en nuestro país un ente que regule o reglamente su utilización, por lo que no se puede establecer si son elementos aptos para el uso particular o generan mayores condiciones de riesgo para la maniobrabilidad de un determinado vehículo.
Debido a esto, la aceptación de dar cobertura a un vehículo tuneado queda a criterio de cada compañía de seguros. Por tal motivo, el propietario de un automovil tuneado que pretenda obtener el amparo de un seguro automotor, debe informar previamente a la aseguradora las condiciones del vehículo para que ésta decida si brinda o no la cobertura requerida.
12 noviembre, 2009 a las 3:18 pm
estimados amigos, esta, aunque no lo parezca en una cuestion de vital importancia (o por lo menos debia de serlo) para las compañias aseguradoras o mutuales, ya que de alli se deriva la siniestrabilidad de un vehiculo o del cliente mismo. Soy Corredor de Seguros en Venezuela y le cuento que aca esto no es aplicado, ni si quiera, como buen zamaritano, se le informa al cliente; pero en algo tienen toda la razon, Gustos son Gustos…